Abogado Desahucio por Impago de Alquiler en Murcia
Resolución del contrato de arrendamiento y reclamación de rentas impagadas en un solo procedimiento
Plaza de la Fuensanta, 2, 3º B-1
Ed. Hispania, 30008 Murcia
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Si su inquilino ha dejado de pagar la renta mensual y la situación se prolonga sin visos de solución, la ley le ampara para resolver el contrato de arrendamiento y recuperar la posesión de su inmueble. El procedimiento de desahucio por falta de pago, regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, permite además acumular en la misma demanda la reclamación de todas las cantidades adeudadas, evitando así la necesidad de un segundo pleito.
Cuándo puede iniciar un desahucio por impago de alquiler
Basta con que el arrendatario haya incumplido el pago de una sola mensualidad de renta para que el propietario pueda instar la resolución del contrato de arrendamiento y el consiguiente desahucio. La Ley de Arrendamientos Urbanos no exige un número mínimo de meses de impago: el incumplimiento de la obligación de pago, cualquiera que sea su cuantía, faculta al arrendador para ejercitar la acción.
El impago puede referirse a la renta mensual, pero también a los suministros, los gastos de comunidad de propietarios, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles u otras cantidades que el inquilino haya asumido en el contrato. Todos estos conceptos son reclamables en el mismo procedimiento.
Demanda de desahucio con reclamación de rentas: doble objetivo en un solo procedimiento
La principal ventaja de acumular la reclamación de rentas impagadas al procedimiento de desahucio es la eficiencia procesal. En una sola demanda se solicita al juzgado la resolución del contrato, el lanzamiento del inquilino y la condena al pago de las cantidades adeudadas desde el primer mes de impago hasta la fecha de entrega efectiva del inmueble.
Si el inquilino no se opone ni enerva la acción en el plazo legal, el juzgado dicta resolución estimando la demanda sin necesidad de celebrar vista, lo que acorta considerablemente los tiempos del procedimiento.
Requerimiento previo al inquilino: el burofax como herramienta clave
Antes de presentar la demanda de desahucio, resulta estratégicamente aconsejable enviar un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido al inquilino, requiriéndole el pago de las cantidades adeudadas en un plazo determinado. Este requerimiento cumple una doble función: por un lado, puede motivar al arrendatario a regularizar la situación sin necesidad de acudir al juzgado; por otro, si el inquilino no paga en el plazo de treinta días, pierde el derecho a enervar el desahucio, lo que impide que paralice el procedimiento pagando en el último momento.
Lanzamiento judicial: la recuperación efectiva del inmueble
Una vez firme la resolución judicial que estima la demanda, el juzgado fija una fecha para el lanzamiento. El día señalado, la comisión judicial se persona en el inmueble para que el arrendatario entregue las llaves y el propietario recupere la posesión. Si el inquilino no desaloja voluntariamente, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado asisten en la ejecución del lanzamiento conforme a la ley.
Coordinamos con el procurador y, cuando es necesario, con un cerrajero autorizado para que el lanzamiento se ejecute sin incidencias y usted recupere su inmueble de forma efectiva.
Consúltenos sobre su desahucio por impago
Si su inquilino no paga y necesita recuperar su vivienda o local y reclamar las rentas adeudadas, consúltenos. Le indicamos los pasos a seguir, los plazos estimados y la estrategia más adecuada para su caso.
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