Del Saz & Hernández Abogados

Del Saz & Hernández Abogados

Abogado de Contratos Mercantiles en Murcia · Redacción, Revisión y Negociación

Despacho especializado en derecho contractual mercantil en Murcia. Redactamos, revisamos y negociamos contratos para empresarios y sociedades: distribución, agencia, franquicia, suministro, prestación de servicios, joint venture, confidencialidad y acuerdos atípicos. Defensa procesal en los Juzgados de lo Mercantil de Murcia ante incumplimientos y resolución.

Dirección

Plaza de la Fuensanta, 2, 3º B-1
Ed. Hispania, 30008 Murcia

Horario

L-V: 9:00 - 14:00
17:00 - 20:00

Cuando un contrato mal redactado se convierte en un conflicto judicial

Un contrato mercantil deficiente, ambiguo o desequilibrado es la causa más frecuente de litigios entre empresas. Resoluciones unilaterales injustificadas, incumplimientos en plazos de pago, cláusulas penales abusivas, indefiniciones en el reparto de responsabilidades o conflictos por interpretación de las estipulaciones suelen acabar en procedimiento ordinario ante los Juzgados de lo Mercantil o de Primera Instancia.

La regulación general procede del Código de Comercio y del Código Civil, con normativa específica para cada tipo contractual: Ley 12/1992 sobre Contrato de Agencia, Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista, Ley 3/2004 de medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales (reformada por Ley 18/2022) y normativa de defensa de la competencia.

Una revisión técnica antes de firmar evita el 80 % de los litigios. Cuando el conflicto ya está abierto, la calidad de la redacción contractual marca toda la suerte del procedimiento.

Tipos de contratos mercantiles que redactamos y revisamos

Asistimos a empresas, autónomos y sociedades en las principales figuras contractuales mercantiles:

  • Contrato de distribución: exclusiva territorial, mínimos de compra, terminación e indemnización por clientela aplicada por analogía con el contrato de agencia (jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo).
  • Contrato de agencia (Ley 12/1992): redacción, preaviso, indemnización por clientela del art. 28 LCA, indemnización por daños y perjuicios del art. 29 LCA.
  • Contrato de franquicia: deber precontractual de información (RD 201/2010), canon de entrada, royalties, pacto de no competencia post-contractual.
  • Contrato de suministro y de obra: plazos, certificaciones, garantías, retenciones, resolución por incumplimiento.
  • Contratos de servicios B2B: SLA, penalizaciones, propiedad intelectual, confidencialidad.
  • Joint venture y acuerdos de colaboración: estructura societaria o contractual, gobernanza, salida.
  • Acuerdos de confidencialidad (NDA): alcance, duración, jurisdicción aplicable, daños tasados.
  • Pacto de socios (en sociedades cerradas): tag-along, drag-along, anti-dilución, no competencia, vesting.
  • Compraventa de unidad productiva, fondo de comercio o paquete accionarial: due diligence, declaraciones y garantías (R&W), escrow, indemnidades.

Coordinamos la redacción con asesoramiento fiscal especialista cuando la operación tiene implicaciones tributarias relevantes.

Defensa procesal especializada en contratos mercantiles en Murcia

Cuando el conflicto contractual ya está abierto, las líneas de actuación más utilizadas son:

  1. Análisis técnico del contrato: identificación de cláusulas favorables, lagunas y posiciones de fuerza procesal.
  2. Reclamación extrajudicial con requerimiento fehaciente (burofax) y, en su caso, mediación o arbitraje si está pactado.
  3. Demanda ante el Juzgado de lo Mercantil de Murcia: cumplimiento, resolución, indemnización de daños y perjuicios, cláusula penal.
  4. Procedimiento monitorio (arts. 812 y ss. LEC) para reclamación de deudas líquidas y exigibles.
  5. Medidas cautelares: embargo preventivo, anotación preventiva de demanda, prohibición de innovar.
  6. Defensa frente a reclamaciones: oposición a monitorio, contestación a demanda, reconvención.
  7. Recursos: apelación ante la Audiencia Provincial de Murcia y, en su caso, casación.

En procedimientos por morosidad B2B aplicamos los intereses legales y el recargo del art. 8 de la Ley 3/2004 (40 € fijos por reclamación, devengado de forma automática).

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Morosidad B2B y Ley 3/2004: cómo reclamar facturas impagadas

La Ley 3/2004 sobre lucha contra la morosidad en operaciones comerciales (reformada por Ley 18/2022) fija el plazo máximo de pago entre empresas en 30 días naturales (60 si pactado expresamente) y establece consecuencias automáticas para el moroso:

  • Interés de demora: tipo del BCE + 8 puntos porcentuales (publicación semestral en BOE).
  • Indemnización fija de 40 € por cada deuda no satisfecha en plazo (art. 8 Ley 3/2004), sin necesidad de requerimiento.
  • Compensación por costes de cobro efectivamente acreditados.
  • Procedimiento monitorio simplificado (arts. 812 y ss. LEC).

En sociedades cotizadas o medianas se aplican además las obligaciones de transparencia del periodo medio de pago a proveedores en la memoria. Coordinamos la reclamación contractual con la denuncia administrativa cuando concurren incumplimientos sistemáticos.

Despacho especialista en derecho mercantil contractual

Del Saz & Hernández es un despacho con experiencia en derecho mercantil con dedicación específica a la redacción contractual y a la reclamación de incumplimientos. Asesoramos a empresas familiares, pymes industriales, sociedades de servicios, comercios y autónomos del entorno de Murcia.

Los contratos mercantiles suelen conectarse con otras áreas de nuestro despacho: concurso de acreedores cuando la otra parte entra en insolvencia, derecho societario para pactos de socios o juntas, reclamación de impagos en operaciones cerradas con consumidores y administración desleal cuando hay quebrantamiento doloso del deber fiduciario.

Jurisdicción aplicable: cláusulas de sumisión y arbitraje

La elección de jurisdicción es uno de los puntos más infravalorados de la negociación contractual. Las cláusulas de sumisión expresa a los Juzgados de Murcia evitan tener que litigar en otra plaza. El arbitraje institucional (Tribunal Arbitral de Murcia, CCI o CIMA) puede ser preferible para conflictos con contraparte internacional o de gran cuantía. Revisamos y proponemos la cláusula más adecuada a cada operación.

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Revisamos su contrato, identificamos riesgos y le proponemos la estrategia de redacción o de reclamación. Llame al 646 378 400 o escríbanos por WhatsApp.

Abogados expertos en contratos mercantiles: por qué elegir Del Saz & Hernández

  • +15 años de experiencia en derecho mercantil contractual en Murcia.
  • José Francisco del Saz Hernández, letrado titular, colegiado nº 5.559 ICAMUR.
  • Sede física en Plaza de la Fuensanta, junto a los Juzgados de Murcia.
  • 4,7/5 en Google con más de 47 valoraciones de clientes reales.
  • Respuesta en menos de 24 horas a toda nueva consulta.
  • Coordinación con asesoría fiscal en operaciones con relevancia tributaria.
  • Experiencia procesal ante los Juzgados de lo Mercantil de Murcia y la Audiencia Provincial.

Bufete con sede en Murcia capital: Juzgados de lo Mercantil

Atendemos procedimientos mercantiles ante los Juzgados de lo Mercantil de Murcia y la Audiencia Provincial, así como en los partidos judiciales de Cartagena, Lorca, Molina de Segura, Yecla y resto de la Región de Murcia.

Preguntas frecuentes sobre contratos mercantiles en Murcia

¿Es necesaria forma escrita para un contrato mercantil?
No, salvo en los contratos para los que la ley exige forma escrita o pública (p. ej. compraventa de inmuebles, constitución de sociedades). Sin embargo, la forma escrita es la única vía práctica para evitar litigios futuros sobre el contenido pactado.

¿Puedo romper un contrato unilateralmente sin indemnizar?
Solo si concurre incumplimiento esencial de la otra parte, causa de fuerza mayor o causa pactada en el propio contrato. La resolución unilateral injustificada genera derecho a indemnización por daños y perjuicios y, en contratos de agencia, indemnización por clientela del art. 28 LCA.

¿Cuánto tarda un juicio mercantil en Murcia?
Un procedimiento ordinario ante el Juzgado de lo Mercantil suele resolverse en primera instancia entre 12 y 24 meses, dependiendo de la complejidad. La apelación ante la Audiencia Provincial añade entre 6 y 12 meses adicionales.

¿Vale la pena pactar arbitraje en lugar de juzgado?
Depende del tipo de operación. El arbitraje es más rápido (6-12 meses) y confidencial pero más caro en honorarios arbitrales. Es preferible en conflictos B2B de cuantía media o alta donde la celeridad y la confidencialidad son críticas.

¿Qué pasa si mi cliente no paga las facturas?
La Ley 3/2004 permite reclamar el interés legal + 8 puntos, los 40 € fijos de recargo automático y los costes de cobro acreditados. El procedimiento monitorio (arts. 812 LEC) es la vía habitual para deudas líquidas y exigibles.

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Si tiene que redactar, revisar o reclamar un contrato mercantil, contacte ahora con nuestro despacho. Le orientamos sobre la estructura más adecuada y sobre las opciones de defensa procesal.

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