Del Saz & Hernández Abogados

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Abogado Violencia de Género en Murcia

Defensa penal y acusación particular en procedimientos de violencia de género ante los juzgados de Murcia. Del Saz & Hernández Abogados.

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Plaza de la Fuensanta, 2, 3º B-1
Ed. Hispania, 30008 Murcia

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Defensa penal y acusación particular en procedimientos de violencia de género ante los juzgados de Murcia. Del Saz & Hernández Abogados.

Los procedimientos por violencia de género presentan una enorme complejidad procesal y emocional. Tanto si necesita ejercer la acusación particular como víctima, como si requiere asistencia letrada frente a una acusación, en Del Saz & Hernández Abogados le ofrecemos un asesoramiento jurídico riguroso, discreto y comprometido con la protección de sus derechos ante los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Murcia.

Marco legal y competencia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer

La Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, establece un marco normativo específico que atribuye a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer la competencia para conocer de los delitos cometidos por un hombre contra quien sea o haya sido su cónyuge o pareja sentimental. Estos juzgados tienen competencia tanto en el ámbito penal como en determinadas cuestiones civiles conexas, como la guarda y custodia, el régimen de visitas o la pensión de alimentos.

En Murcia, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer instruye estos procedimientos con carácter preferente y urgente, lo que exige una intervención letrada inmediata y preparada.

Orden de protección y medidas cautelares urgentes

La orden de protección es un instrumento jurídico que permite adoptar de forma urgente medidas penales y civiles para la protección de la víctima. Entre las medidas penales se incluyen la orden de alejamiento, la prohibición de comunicación, la retirada de armas y, en los casos más graves, la prisión provisional del investigado.

En el ámbito civil, la orden de protección puede acordar la atribución del uso de la vivienda familiar, la determinación provisional del régimen de custodia y visitas, y la fijación de una pensión de alimentos. La solicitud y resolución de la orden de protección se tramita en un plazo máximo de 72 horas, lo que subraya la necesidad de contar con asistencia letrada desde el primer momento.

Defensa del acusado en procedimientos de violencia de género

La defensa penal del acusado en estos procedimientos requiere un abordaje técnico y sereno. La presunción de inocencia rige con plenitud, y el abogado defensor debe garantizar que se respeten todas las garantías procesales. Las denuncias falsas, aunque estadísticamente minoritarias, existen, y la defensa debe poder acreditar, cuando así sea, la inverosimilitud de la acusación o la existencia de motivaciones espurias.

La prueba en estos procedimientos suele pivotar sobre la declaración de la víctima, que puede constituir prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia siempre que cumpla los requisitos jurisprudenciales de credibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia en la incriminación. La defensa debe analizar estos requisitos con rigor y cuestionar aquellos elementos que debiliten la solidez de la acusación.

Acusación particular y derechos de la víctima

Si usted es víctima de violencia de género, tiene derecho a personarse como acusación particular en el procedimiento penal, lo que le permite participar activamente en la instrucción, proponer pruebas, solicitar medidas de protección y reclamar la indemnización correspondiente por los daños físicos y morales sufridos.

La Ley Orgánica 1/2004 reconoce a las víctimas de violencia de género un conjunto de derechos específicos: asistencia jurídica gratuita, asistencia social integral, derechos laborales y de Seguridad Social, y ayudas económicas. Nuestro despacho le informa y asesora sobre todos estos derechos para que pueda ejercerlos plenamente.

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Suspensión del régimen de visitas y protección de los menores

Cuando existen hijos menores, el juez puede acordar la suspensión del régimen de visitas del progenitor investigado como medida de protección. Esta decisión debe estar motivada y basarse en la existencia de un riesgo objetivo para los menores. Tanto la solicitud como la oposición a esta medida requieren una argumentación jurídica fundada y, en muchos casos, la aportación de informes psicosociales.

En Del Saz & Hernández Abogados abordamos estos procedimientos con la sensibilidad que requieren, sin perder de vista el rigor jurídico necesario para proteger los intereses de nuestros clientes y, ante todo, el bienestar de los menores implicados.

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