Del Saz & Hernández Abogados

Del Saz & Hernández Abogados

Abogado para Constitución de Sociedades en Murcia · SL, SA, Sociedades Profesionales

Despacho especializado en constitución de sociedades mercantiles en Murcia: sociedades limitadas (SL), anónimas (SA), profesionales (SLP), unipersonales, civiles y comunidades de bienes. Redacción de estatutos a medida, pactos de socios, alta en notaría y Registro Mercantil. Asesoramiento integral en la puesta en marcha del proyecto empresarial.

Dirección

Plaza de la Fuensanta, 2, 3º B-1
Ed. Hispania, 30008 Murcia

Horario

L-V: 9:00 - 14:00
17:00 - 20:00

Cuando el tipo societario elegido condiciona toda la vida de la empresa

La elección del tipo societario, el diseño de los estatutos y el pacto inicial de socios son las decisiones que más impactan en la operativa, en la fiscalidad y en la gobernanza futura de la empresa. Sociedades constituidas sobre modelos estándar acaban generando conflictos cuando llegan los primeros cambios de socio, las primeras disputas sobre dividendos o las primeras operaciones corporativas.

La Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010), la Ley de Sociedades Profesionales (Ley 2/2007), el Reglamento del Registro Mercantil y la normativa sectorial regulan los aspectos formales. La práctica forense añade decisiones críticas que la ley no impone pero que marcan la viabilidad del proyecto: cláusulas de transmisión, derecho de arrastre, sistema de retribución del administrador, mayorías reforzadas, protocolo familiar, sistema de salida.

Una constitución bien diseñada previene el 90 % de los conflictos societarios. Una constitución descuidada los garantiza.

Tipos societarios y elección óptima según el proyecto

Las formas societarias más habituales que constituimos en Murcia son:

  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL): la forma estándar para pymes. Capital mínimo 3.000 € (1 € con la Ley Crea y Crece de 2022). Régimen flexible de gobernanza.
  • Sociedad Anónima (SA): capital mínimo 60.000 €. Forma habitual para sociedades con vocación de captar capital, cotizar o con multitud de socios.
  • Sociedad Limitada Unipersonal (SLU): SL con un único socio, persona física o jurídica. Régimen de transparencia documental reforzada (publicidad en escritura y en cuenta corriente con el socio único).
  • Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE): forma simplificada con tramitación electrónica (CIRCE). Limitaciones operativas.
  • Sociedad Profesional (SLP): obligatoria para profesionales colegiados que ejerzan actividad en común (Ley 2/2007). Régimen específico de transmisión de participaciones y separación.
  • Sociedad Civil con personalidad jurídica: alternativa para colaboraciones profesionales no obligadas a SLP.
  • Comunidad de Bienes (CB): sin personalidad jurídica, copropiedad de un patrimonio destinado a actividad económica. Implica responsabilidad personal y solidaria.
  • Cooperativas: régimen específico en Ley 27/1999 y normativa autonómica.

La elección depende del proyecto, del número de socios, de la previsión de entrada de inversores, del régimen fiscal aplicable y de la responsabilidad patrimonial deseada. Asesoramos en la valoración de las alternativas antes de cualquier escritura.

Servicios jurídicos especializados en constitución y derecho societario

Nuestro asesoramiento abarca todas las fases de la constitución y de la vida societaria:

  1. Asesoramiento previo: elección del tipo societario, diseño del capital, planificación fiscal de la aportación.
  2. Redacción de estatutos a medida: gobernanza, transmisión de participaciones, mayorías cualificadas, restricciones, protocolo familiar.
  3. Pacto de socios: tag-along, drag-along, anti-dilución, vesting, cláusula penal por incumplimiento, arbitraje.
  4. Tramitación notarial y registral: certificación negativa del nombre, escritura pública de constitución, inscripción en el Registro Mercantil de Murcia.
  5. Aportaciones no dinerarias: valoración, informe de experto independiente cuando proceda (SA), tratamiento fiscal.
  6. Operaciones societarias posteriores: ampliaciones y reducciones de capital, transformación, fusión, escisión, modificación estatutaria.
  7. Disolución y liquidación voluntaria: causas legales y estatutarias, balance final, cancelación registral.
  8. Secretaría societaria continuada: convocatoria de juntas, libros societarios, depósito de cuentas, identificación del titular real.

Coordinamos la actuación con notaría, asesoría fiscal y, cuando proceda, con auditor independiente para aportaciones no dinerarias en sociedades anónimas.

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Pacto de socios: la herramienta clave para sociedades cerradas

El pacto de socios (también llamado pacto parasocial o shareholders agreement) es un contrato privado entre los socios que regula aspectos que los estatutos no cubren o que se prefiere mantener fuera de la publicidad registral. Su utilidad es decisiva en sociedades cerradas con socios distintos al fundador único.

Cláusulas habituales:

  • Gobernanza reforzada: mayorías cualificadas para decisiones estratégicas, derecho de veto del minoritario, composición del consejo.
  • Restricciones a la transmisión: derecho de adquisición preferente, autorización previa de los socios, lock-up temporal.
  • Tag-along (derecho de acompañamiento): si el mayoritario vende, el minoritario puede sumarse a la venta en las mismas condiciones.
  • Drag-along (derecho de arrastre): si una mayoría cualificada acepta vender, puede obligar al resto a vender en las mismas condiciones.
  • Anti-dilución: protección del socio inversor frente a futuras ampliaciones a valor inferior.
  • Vesting: consolidación progresiva de las participaciones del socio-fundador o socio-trabajador.
  • Sistema de salida: cláusulas put / call, deadlock, mecanismo de la ruleta rusa o del texano, valoración por experto.
  • No competencia, exclusividad y confidencialidad durante y tras la condición de socio.
  • Sumisión expresa a arbitraje institucional o a Juzgados de Murcia.

La eficacia del pacto frente a terceros y frente a la propia sociedad ha sido objeto de jurisprudencia evolutiva del Tribunal Supremo. Diseñamos pactos de socios adaptados al tipo de sociedad y al perfil de los socios.

Despacho especialista en derecho societario y empresa familiar

Del Saz & Hernández es un despacho con experiencia en derecho societario aplicado a empresa familiar, pyme industrial, sociedades profesionales y sociedades de servicios. La constitución de una sociedad no es un trámite: es la decisión más estructural del proyecto empresarial.

La constitución y el derecho societario se conectan con otras áreas: contratos mercantiles para acuerdos con proveedores, clientes y trabajadores, impugnación de acuerdos sociales cuando surge conflicto entre socios, reestructuración empresarial en situaciones de tensión financiera y concurso de acreedores en supuestos de insolvencia.

Protocolo familiar y sucesión empresarial

En empresas familiares, el protocolo familiar es un instrumento esencial para ordenar la entrada y salida de familiares en el capital, regular el régimen de trabajo, prever la sucesión generacional y evitar conflictos derivados de la mezcla entre vínculo familiar y vínculo societario. Diseñamos protocolos coordinados con asesoría fiscal especializada en empresa familiar y en planificación sucesoria.

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Analizamos su proyecto, el número y perfil de socios y le proponemos la estructura societaria óptima. Llame al 646 378 400 o escríbanos por WhatsApp.

Abogados expertos en derecho societario: por qué elegir Del Saz & Hernández

  • +15 años de experiencia en derecho de sociedades en Murcia.
  • José Francisco del Saz Hernández, letrado titular, colegiado nº 5.559 ICAMUR.
  • Sede física en Plaza de la Fuensanta, junto a los Juzgados de Murcia.
  • 4,7/5 en Google con más de 47 valoraciones de clientes reales.
  • Respuesta en menos de 24 horas a toda nueva consulta.
  • Coordinación con notaría y asesoría fiscal para tramitación íntegra.
  • Experiencia en empresa familiar, sociedades profesionales y sociedades cerradas con conflictos potenciales entre socios.

Bufete con sede en Murcia capital: Registro Mercantil y Juzgados

Tramitamos constituciones, modificaciones estatutarias y operaciones societarias ante el Registro Mercantil de Murcia, el Notariado y los Juzgados de lo Mercantil, así como en los partidos judiciales de Cartagena, Lorca, Molina de Segura, Yecla y resto de la Región de Murcia.

Preguntas frecuentes sobre la constitución de sociedades

¿Cuánto tarda constituir una sociedad limitada?
Entre 7 y 20 días naturales en condiciones estándar: certificación negativa del nombre (5-7 días), redacción de estatutos (1-3 días), firma notarial (1 día), inscripción en el Registro Mercantil (5-10 días). Con el CIRCE el plazo puede reducirse a 24-72 horas en supuestos simplificados.

¿Cuál es el capital mínimo de una SL?
Tras la Ley 18/2022 (Crea y Crece), el capital mínimo de una SL es de 1 €, con régimen especial de reserva legal hasta alcanzar 3.000 €. La SA mantiene el capital mínimo de 60.000 €, desembolsable al menos en un 25 %.

¿Es lo mismo SL que SLU?
No. La SLU es una sociedad limitada con un único socio. Tiene obligaciones reforzadas de publicidad: mención expresa en la escritura, en toda la correspondencia y en la cuenta corriente con el socio único; depósito en el Registro Mercantil de los contratos entre socio único y sociedad.

¿Cuándo es obligatoria la Sociedad Profesional (SLP)?
Cuando dos o más profesionales colegiados ejercen en común una actividad profesional bajo una misma forma societaria con un objeto principal profesional. Lo regula la Ley 2/2007. La inscripción en el Registro Mercantil y en el colegio profesional es obligatoria.

¿Necesito un pacto de socios además de los estatutos?
Recomendable en cualquier sociedad con más de un socio. Los estatutos están sujetos a publicidad registral y tienen un contenido más rígido. El pacto de socios es flexible, confidencial y permite regular aspectos de gobernanza, transmisión y salida que los estatutos no cubren con la finura necesaria.

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