Abogado Desahucio por Fin de Contrato en Murcia
Recuperación de la vivienda o local cuando el contrato de alquiler ha expirado y el inquilino no se marcha
Plaza de la Fuensanta, 2, 3º B-1
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Cuando un contrato de arrendamiento llega a su fin —porque se ha cumplido la duración pactada y sus prórrogas legales— y el inquilino no entrega la posesión del inmueble, el propietario tiene derecho a iniciar un procedimiento de desahucio por expiración del plazo contractual. Es una situación más frecuente de lo que parece y exige actuar con rapidez para evitar que se genere un nuevo contrato por tácita reconducción.
Desahucio por expiración del plazo contractual: requisitos legales
Para que el desahucio por finalización de contrato prospere, es imprescindible acreditar que el arrendador ha comunicado al inquilino su voluntad de no renovar el contrato dentro de los plazos que establece la Ley de Arrendamientos Urbanos. En los contratos de vivienda habitual, el arrendador debe remitir un preaviso con al menos cuatro meses de antelación al vencimiento del contrato o de cualquiera de sus prórrogas. Si no se efectúa este requerimiento en plazo, el contrato se prorroga automáticamente.
La comunicación debe realizarse por un medio que deje constancia fehaciente —burofax con acuse de recibo y certificación de contenido, o requerimiento notarial— para poder acreditarla en juicio.
Tácita reconducción: el riesgo de no actuar a tiempo
Si el contrato de arrendamiento finaliza y ninguna de las partes manifiesta su voluntad de no renovarlo dentro de los quince días siguientes a la expiración, nace automáticamente un nuevo contrato por tácita reconducción. Este nuevo contrato tiene una duración mensual o anual, según se hubiera fijado la renta originalmente, y genera obligaciones para ambas partes que solo pueden resolverse por las causas legalmente previstas.
Actuar a tiempo es esencial. Si el preaviso no se envía dentro del plazo legal, el propietario no podrá instar el desahucio por expiración del término y deberá esperar a un nuevo vencimiento para ejercitar su derecho.
Diferencias entre viviendas y locales comerciales
Los contratos de arrendamiento de local de negocio no están sujetos a las prórrogas obligatorias que establece la LAU para las viviendas. Esto significa que, una vez cumplida la duración pactada en el contrato, el arrendador puede solicitar la entrega del local sin necesidad de esperar a que transcurran las prórrogas legales. No obstante, es igualmente necesario comunicar al arrendatario la voluntad de no renovar con la antelación pactada en el contrato o, en su defecto, con un preaviso razonable.
Procedimiento de desahucio por fin de contrato en Murcia
La demanda de desahucio por expiración del plazo se tramita como juicio verbal ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente. Junto a la demanda se debe aportar el contrato de arrendamiento, la comunicación de no renovación con su acuse de recibo y la acreditación de la titularidad del inmueble. Si el inquilino no se opone, el juzgado dicta resolución estimando el desahucio y fijando fecha de lanzamiento.
Consúltenos sobre su desahucio por fin de contrato
Si el contrato de alquiler de su vivienda o local ha finalizado y el arrendatario no entrega las llaves, consúltenos. Le asesoramos sobre los plazos, la documentación necesaria y la estrategia procesal más adecuada.
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