Abogado Concurso de Persona Física en Murcia
Procedimiento concursal para particulares y autónomos en situación de insolvencia
Plaza de la Fuensanta, 2, 3º B-1
Ed. Hispania, 30008 Murcia
L-V: 9:00 - 14:00
17:00 - 20:00
El concurso de acreedores no es un procedimiento exclusivo de las empresas. Desde la reforma de la Ley Concursal, las personas físicas —tanto particulares como trabajadores autónomos— pueden declararse en concurso cuando se encuentran en situación de insolvencia actual o inminente. Es la vía procesal que abre la puerta a la exoneración de las deudas que no pueden pagarse y, con ello, a una segunda oportunidad real.
Cuándo debe solicitar el concurso de acreedores como persona física
La obligación de solicitar el concurso surge cuando la persona física no puede cumplir regularmente con sus obligaciones de pago. A diferencia de las empresas, las personas físicas no están sujetas al deber de solicitar el concurso en un plazo determinado, pero actuar con prontitud beneficia al deudor: le permite acceder antes al mecanismo de exoneración y evita que la situación de endeudamiento se agrave con intereses de demora, recargos y costas judiciales.
Fases del concurso de persona física
Solicitud y declaración del concurso. La solicitud se presenta ante el Juzgado de lo Mercantil de Murcia, acompañada de la documentación que acredite la insolvencia: listado de acreedores y deudas, inventario de bienes, declaraciones tributarias, certificado de vida laboral y extractos bancarios.
Fase común. El juez declara el concurso y, en su caso, designa un administrador concursal que elabora el informe sobre la masa activa (bienes del deudor) y la masa pasiva (deudas). En los concursos sin masa, esta fase se simplifica considerablemente.
Fase de liquidación o plan de pagos. Si hay bienes, se procede a su liquidación para pagar a los acreedores en el orden de prelación legal. Si no hay bienes suficientes, el deudor puede solicitar la aprobación de un plan de pagos ajustado a sus ingresos.
Solicitud de exoneración. Una vez concluida la liquidación o el plan de pagos, el deudor solicita la exoneración del pasivo insatisfecho. Si el juez la concede, las deudas que no han podido satisfacerse quedan canceladas.
Concurso consecutivo y acuerdo extrajudicial de pagos previo
En algunos casos, antes de acudir al concurso judicial, el deudor puede intentar un acuerdo extrajudicial de pagos con la intervención de un mediador concursal, que facilita la negociación con los acreedores para alcanzar un plan de pagos sin necesidad de acudir al juzgado. Cuando ese acuerdo extrajudicial no llega a buen término o resulta incumplido, se abre el llamado concurso consecutivo, que se tramita siguiendo en gran parte las mismas fases que el concurso ordinario, aunque con algunas particularidades derivadas del intento previo de acuerdo.
Dentro de la fase común, el deudor puede proponer a sus acreedores un convenio que permita el pago aplazado o con quita de una parte de la deuda, como alternativa a la liquidación del patrimonio. La viabilidad de esta vía depende de la disposición de los acreedores y de la situación patrimonial concreta de cada persona.
Concurso voluntario vs. concurso necesario
El concurso es voluntario cuando lo solicita el propio deudor. Es necesario cuando lo insta un acreedor. El concurso voluntario presenta ventajas para el deudor —mayor control sobre el procedimiento y presunción de buena fe—, por lo que es aconsejable anticiparse a la solicitud de los acreedores.
Empresarios, socios y competencia del juzgado
El concurso de persona física no se limita a particulares sin actividad económica. Los empresarios individuales y los autónomos pueden acogerse a este mismo procedimiento cuando su insolvencia deriva de la actividad profesional. En los casos en los que la actividad empresarial siga siendo viable, conviene valorar antes del concurso otras opciones de reestructuración de la deuda, ya que la liquidación no siempre es la única salida.
La competencia para conocer del concurso corresponde al Juzgado de lo Mercantil correspondiente al domicilio del deudor, lo que determina ante qué juzgado debe presentarse la solicitud y la documentación.
Consúltenos sobre su concurso de persona física
Si se encuentra en situación de insolvencia y necesita saber si el concurso de acreedores es la vía adecuada para resolver su situación, consúltenos. Le explicamos el procedimiento, los plazos y el resultado esperable en su caso concreto.
Deudas excluidas de la exoneración
No todas las deudas quedan canceladas con la exoneración del pasivo insatisfecho. La ley concursal excluye de este beneficio, entre otras, determinadas deudas de derecho público y las obligaciones de alimentos, por lo que conviene revisar con detalle el listado de acreedores antes de plantear la solicitud.
Servicios relacionados
En Del Saz & Hernández le asesoramos como abogado de segunda oportunidad en Murcia en estas materias relacionadas con su caso:
Necesita un abogado de concurso persona física murcia?
Contacte con nuestro despacho. Primera consulta orientativa.
Preguntas frecuentes sobre el concurso de persona física en Murcia
Resolvemos las dudas más habituales.
¿Puede una persona física sin actividad empresarial presentar concurso de acreedores?
Sí. El concurso de acreedores no está reservado a las empresas. Cualquier persona física, tenga o no actividad empresarial, puede solicitar su declaración de concurso cuando se encuentra en una situación de insolvencia actual o inminente y no puede hacer frente a sus obligaciones de pago.
¿Qué es el concurso consecutivo?
El concurso consecutivo es el que se declara cuando ha fracasado un intento previo de acuerdo extrajudicial de pagos, ya sea porque no se alcanza el acuerdo con los acreedores o porque este se incumple. A partir de ese momento, el procedimiento sigue en gran medida las mismas fases que un concurso ordinario.
¿Qué función cumple el mediador concursal en el acuerdo extrajudicial de pagos?
El mediador concursal es la persona designada para impulsar la negociación entre el deudor y sus acreedores durante el acuerdo extrajudicial de pagos. Convoca a las partes, propone un plan de pagos y, si el acuerdo no se alcanza o se incumple, puede solicitar el concurso consecutivo.
¿Qué es la exoneración del pasivo insatisfecho o BEPI?
La exoneración del pasivo insatisfecho, conocida también como BEPI, es el mecanismo que permite cancelar las deudas del concursado que no han podido pagarse tras la liquidación de su patrimonio o el cumplimiento de un plan de pagos. Es el efecto que hace posible la segunda oportunidad para quien actúa de buena fe.
¿Existen deudas que no se pueden exonerar?
Sí. No todas las deudas quedan canceladas con la exoneración del pasivo insatisfecho. La ley excluye de este beneficio, entre otras, determinadas deudas de derecho público y las obligaciones de alimentos, por lo que conviene revisar con detalle la lista de acreedores antes de solicitar el concurso.
¿Qué ocurre con los embargos y las reclamaciones de los acreedores cuando se declara el concurso?
Una vez declarado el concurso, se paralizan los embargos y las reclamaciones individuales de los acreedores contra el deudor. Esto permite ordenar el pago conforme al procedimiento concursal y evita que unos acreedores cobren antes que otros al margen del proceso.
¿Qué documentación suele pedirse para solicitar el concurso de persona física?
Además del listado de acreedores y deudas, el inventario de bienes, las declaraciones tributarias y los extractos bancarios, suele ser necesario acreditar la situación frente a la Seguridad Social y aportar el certificado de vida laboral, ya que estos datos ayudan a valorar con precisión la situación de insolvencia.
¿Qué hace el administrador concursal durante el procedimiento?
El administrador concursal es el profesional designado por el juzgado para elaborar el informe sobre la masa activa y la masa pasiva, supervisar las operaciones patrimoniales del deudor durante el concurso y, en la fase de liquidación, encargarse de la venta ordenada de los bienes para pagar a los acreedores.
¿Puede un empresario individual o el socio de una sociedad acogerse a este procedimiento?
Sí, siempre que la insolvencia afecte a su patrimonio personal. Cuando la actividad empresarial todavía es viable, conviene valorar antes del concurso otras vías de reestructuración de la deuda, ya que la liquidación no siempre es la única salida disponible.
¿Por qué conviene contar con un abogado especializado en concurso de persona física en Murcia?
El derecho concursal es una materia técnica y en constante evolución, por lo que la especialización del abogado influye directamente en el resultado del procedimiento. Un despacho con sede en Murcia conoce además los criterios habituales de los juzgados de lo mercantil de la región, lo que facilita la comunicación y la entrega de la documentación durante todo el proceso.
Hablemos sobre su caso
Rellene el formulario y nos pondremos en contacto en menos de 24 horas.
Envie su consulta
Complete el formulario y le responderemos a la mayor brevedad.
Informacion de contacto
Estamos en el centro de Murcia.
Plaza de la Fuensanta, no 2, 3o
B-1 Edificio Hispania
30008 Murcia
+34 641 384 300
+34 968 009 786
Lunes a Viernes
9:00 - 14:00 / 17:00 - 20:00