Del Saz & Hernández Abogados

Del Saz & Hernández Abogados

Abogado de Administración Desleal en Murcia · Delitos Societarios

Defensa penal especializada en administración desleal (art. 252 CP) y delitos societarios en Murcia. Despacho con experiencia en cuello blanco, conflictos entre socios y responsabilidad penal del administrador. Coordinación con acciones civiles de responsabilidad (LSC arts. 238 y 241).

Dirección

Plaza de la Fuensanta, 2, 3º B-1
Ed. Hispania, 30008 Murcia

Horario

L-V: 9:00 - 14:00
17:00 - 20:00

Cuando una decisión del administrador termina en un proceso penal

La administración desleal es uno de los delitos societarios más frecuentes en el mundo empresarial. Surge cuando un administrador —de derecho o de hecho— excede sus facultades de disposición patrimonial y causa un perjuicio a la sociedad o al patrimonio que administra. Las situaciones típicas: contratos en perjuicio de la sociedad, autocontratación encubierta, uso de tarjetas de empresa para gastos personales, ocultación de información al consejo o disposición de activos sin autorización del órgano competente.

Las penas alcanzan los seis años de prisión en los tipos agravados. Además, la persona jurídica puede responder penalmente conforme al art. 31 bis CP, y los socios afectados pueden ejercitar la acción social de responsabilidad (LSC art. 238) en paralelo al procedimiento penal.

La defensa exige una lectura simultánea del expediente penal y del marco societario y mercantil del cliente.

Qué es la administración desleal (art. 252 CP)

El art. 252 del Código Penal, en su redacción dada por la LO 1/2015, sanciona a quien teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno —emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico— las infrinja excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, cause un perjuicio al patrimonio administrado.

Hasta la reforma de 2015, parte de estas conductas se reconducían al derogado art. 295 CP (administración fraudulenta de sociedad). Hoy el art. 252 CP unifica el tipo y se aplica a cualquier patrimonio ajeno, no solo al societario.

Los supuestos típicos que tramitamos en nuestro despacho son:

  • Tarjetas y cuentas de empresa usadas para gastos personales no autorizados.
  • Autocontratación encubierta entre el administrador y la sociedad o terceros vinculados.
  • Contratos en perjuicio social: ventas por debajo de valor, alquileres desproporcionados, sobreprecios en suministros.
  • Ocultación de información al consejo de administración o a la junta.
  • Disposición de activos sin autorización del órgano competente o sin causa empresarial lícita.
  • Operaciones vinculadas no comunicadas que generan perjuicio patrimonial.

Defensa penal especializada en administración desleal en Murcia

La defensa del administrador investigado requiere un análisis combinado del expediente penal y del marco societario. Las líneas habituales son:

  1. Inexistencia de exceso en las facultades — la actuación se encuadra dentro de los poderes conferidos.
  2. Causa empresarial lícita del negocio cuestionado.
  3. Falta de perjuicio acreditado al patrimonio administrado.
  4. Inexistencia de dolo: error sobre el alcance de las facultades o sobre la valoración económica de la operación.
  5. Diferenciación con la apropiación indebida (art. 253 CP) que puede dar lugar a calificaciones más favorables.
  6. Restitución del perjuicio antes del juicio (atenuante muy cualificada art. 21.5 CP).

Coordinamos la defensa con peritos contables y económico-financieros que valoran la racionalidad empresarial de la operación cuestionada y reconstruyen la trazabilidad del perjuicio.

Contacte ahora con nuestro despacho

¿Es administrador investigado por administración desleal o socio afectado por la actuación del administrador? Le atendemos en menos de 24 horas en nuestro despacho de Murcia.

Acusación particular y acción social de responsabilidad (LSC arts. 238 y 241)

El socio o la sociedad perjudicados pueden actuar en dos planos simultáneos:

  • Vía penal por administración desleal: acusación particular para investigar la conducta del administrador, solicitar medidas cautelares reales y ejercitar la acción civil ex delicto.
  • Acción social de responsabilidad (LSC art. 238): ejercitada por la sociedad previo acuerdo de la junta general, para resarcir el daño causado al patrimonio social.
  • Acción individual de responsabilidad (LSC art. 241): cuando el daño es directo al socio o al tercero, no a la sociedad.

Las dos vías son compatibles. La coordinación entre el procedimiento penal y el civil-mercantil es decisiva para maximizar la recuperación del perjuicio.

Despacho especialista en delitos societarios y de cuello blanco

Del Saz & Hernández es un despacho de derecho penal con dedicación específica a los delitos económicos y societarios. La administración desleal rara vez se imputa de forma aislada: suele aparecer conexa con apropiación indebida, falsedad documental, alzamiento de bienes, insolvencia punible o blanqueo de capitales. Entender estas conexiones es lo que permite anticipar la calificación jurídica completa.

Responsabilidad penal de la persona jurídica (art. 31 bis CP)

Desde la reforma del Código Penal por LO 5/2010 y, sobre todo, tras la LO 1/2015, la sociedad puede ser penalmente responsable por el delito de administración desleal cometido por sus administradores o empleados. La existencia de un programa de compliance efectivo y proporcional al riesgo es la principal eximente o atenuante. Asesoramos a empresas en el diseño y revisión de estos programas.

Pida valoración de su caso sin compromiso

Tanto si es administrador investigado como socio afectado por una posible administración desleal, analizamos el marco societario y las pruebas disponibles. Llame al 646 378 400 o escríbanos por WhatsApp.

Abogados expertos en administración desleal: por qué elegir Del Saz & Hernández

  • +15 años de experiencia en defensa penal económica y societaria en Murcia.
  • José Francisco del Saz Hernández, letrado titular, colegiado nº 5.559 ICAMUR.
  • Coordinación con el área mercantil del despacho para la acción social y la acción individual de responsabilidad.
  • Trabajo con peritos contables y económico-financieros para valorar la racionalidad empresarial de la operación cuestionada.
  • Sede física en Plaza de la Fuensanta, junto a los principales juzgados de Murcia.
  • 4,7/5 en Google con más de 47 valoraciones reales.
  • Respuesta en menos de 24 horas a toda nueva consulta.
  • Cobertura en toda la Región de Murcia y partido judicial.

Bufete con sede en Murcia: juzgados, Juzgado de lo Mercantil y partido judicial

Atendemos procedimientos por administración desleal en los Juzgados de Instrucción de Murcia, los Juzgados de lo Penal, la Audiencia Provincial y, cuando el procedimiento societario discurre en paralelo, en el Juzgado de lo Mercantil de Murcia. Cobertura en toda la Región de Murcia y partidos judiciales limítrofes.

Preguntas frecuentes sobre la defensa por administración desleal en Murcia

¿Solo puede cometerlo el administrador de la sociedad?
No. El art. 252 CP se aplica a cualquier persona que tenga facultades para administrar un patrimonio ajeno, ya sea administrador de derecho, administrador de hecho, apoderado, gestor o titular de cualquier facultad de disposición delegada.

Si devuelvo el perjuicio causado, ¿queda absuelto el procedimiento?
La restitución antes del juicio opera como atenuante muy cualificada (art. 21.5 CP) y abre la puerta a conformidades con rebaja sustancial de pena. No conlleva archivo automático pero sí reducción de penalidad.

¿Cuál es la diferencia exacta con apropiación indebida?
En la administración desleal el autor excede sus facultades sobre el patrimonio ajeno y causa perjuicio, sin necesidad de apropiarse personalmente. En la apropiación indebida (art. 253 CP) el autor se queda con el bien recibido. La calificación tras la reforma de 2015 ha generado abundante jurisprudencia STS sobre los criterios delimitadores.

¿Puede haber responsabilidad penal de la sociedad además del administrador?
Sí, conforme al art. 31 bis CP. La existencia de un programa de compliance efectivo y proporcional al riesgo de la actividad puede eximir o atenuar la responsabilidad penal de la persona jurídica.

¿En cuánto tiempo prescribe el delito?
La prescripción depende de la pena máxima del tipo aplicable. En el tipo básico del art. 252 CP la prescripción es de 5 años; en supuestos agravados puede extenderse a 10 años.

¿Necesita un abogado de administración desleal en Murcia?

Si es administrador investigado, socio afectado o representante de una sociedad implicada en un procedimiento por administración desleal, contacte ahora con nuestro despacho. La estrategia coordinada penal y societaria es decisiva.

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