Asistencia letrada urgente al detenido en comisaría y juzgado en Murcia. Servicio de guardia disponible las 24 horas, los 7 días de la semana, incluidos fines de semana y festivos. Llame al 646 378 400 o escriba por WhatsApp al 641 384 300 para asistencia inmediata.
Plaza de la Fuensanta, 2, 3º B-1
Ed. Hispania, 30008 Murcia
L-V: 9:00 - 14:00
17:00 - 20:00
La detención por la Policía Nacional, Guardia Civil o Policía Local en Murcia es uno de los momentos más críticos de cualquier procedimiento penal. Las primeras horas son decisivas: la declaración prestada en comisaría sin asesoramiento previo, la firma de actas o la asunción de hechos pueden condicionar todo el procedimiento posterior. La ley reconoce al detenido el derecho a la asistencia letrada desde el primer momento (art. 520 LECrim).
El detenido no tiene que afrontar la situación solo. Tampoco debe declarar sin abogado de confianza presente. Nuestro servicio de guardia atiende detenciones en cualquier comisaría o juzgado de Murcia capital y partido judicial, también en supuestos de habeas corpus.
Si usted o un familiar acaba de ser detenido en Murcia, llame ahora. Cada hora cuenta.
El art. 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce un conjunto de derechos fundamentales que se aplican desde el momento mismo de la detención:
El plazo máximo de detención policial es de 72 horas; superado este plazo, el detenido debe ser puesto a disposición judicial o liberado.
Cuando nos avisan de una detención, nuestra actuación se desarrolla en varias fases:
Cada actuación se decide en función del tipo penal investigado, de la prueba disponible y del estado físico y emocional del detenido. La continuidad entre la asistencia inicial y la defensa posterior es clave para no perder coherencia procesal.
Si usted o un familiar acaba de ser detenido en Murcia, no espere. Llame al 646 378 400 o escriba por WhatsApp al 641 384 300 para asistencia letrada inmediata en comisaría o juzgado.
Atendemos detenciones en todo el partido judicial de Murcia, en cualquier tipo de procedimiento:
En todos los supuestos, la estrategia se adapta al tipo penal y al estado de la investigación. La asistencia letrada es obligatoria y gratuita para el detenido por mandato constitucional, pero la calidad y continuidad de la defensa marca la diferencia.
Del Saz & Hernández es un despacho de derecho penal con servicio de guardia permanente. Cuando recibimos un aviso de detención, priorizamos la atención inmediata por encima de cualquier otra actividad. Esta disponibilidad es imprescindible: las detenciones no esperan al horario laboral.
Asumimos detenciones por cualquier delito penal, incluidas las relacionadas con alcoholemia, estafa, apropiación indebida, blanqueo de capitales, falsedad documental o tráfico de drogas.
Una vez recibida la llamada, contactamos con la comisaría que custodia al detenido para confirmar su situación y los motivos de la detención. Acudimos físicamente a sede policial en Murcia capital o nos coordinamos con corresponsales en partidos judiciales periféricos. Antes de cualquier declaración, mantenemos entrevista reservada con el detenido y le explicamos sus derechos y opciones.
Si la detención ya ha concluido pero el procedimiento penal sigue su curso, podemos asumir la defensa para las siguientes fases: instrucción, juicio oral y, en su caso, recursos. Llame al 646 378 400 o escríbanos por WhatsApp.
Atendemos detenciones en las comisarías de la Policía Nacional y la Guardia Civil en Murcia capital y resto del partido judicial. Coordinamos asistencia en los Juzgados de Instrucción de Murcia (Ciudad de la Justicia), Juzgados de Guardia, y juzgados de los partidos judiciales limítrofes (Cartagena, Lorca, Molina de Segura, San Javier, Yecla, Jumilla, Caravaca, Mula, Cieza, Totana).
¿Tengo que declarar en comisaría?
No. El art. 520 LECrim le reconoce el derecho a guardar silencio y a no declarar contra sí mismo. La declaración en comisaría sin asesoramiento previo puede comprometer toda la defensa posterior. Recomendamos siempre acogerse al derecho a no declarar hasta haber consultado con un abogado de confianza.
¿Qué pasa si me detienen y no tengo abogado?
Se le designará uno de oficio. Tiene derecho a designar un abogado de confianza en cualquier momento, incluso después de iniciada la declaración. La continuidad con un mismo letrado en todas las fases del procedimiento es habitualmente más eficaz para la defensa.
¿Cuánto tiempo me pueden mantener detenido?
El plazo máximo de detención policial es de 72 horas. Superado este plazo, el detenido debe ser puesto a disposición judicial o liberado. Si se supera sin justificación, la detención puede ser declarada ilegal mediante habeas corpus.
¿Me pueden tomar muestras biológicas, fotografiar o reconocer?
Sí, con las garantías legales del art. 363 LECrim y siguientes. La negativa puede valorarse en el procedimiento. Cada diligencia debe documentarse y, en algunos casos, requiere autorización judicial. La asistencia letrada vela por el respeto de estos límites.
¿Qué es el habeas corpus y cuándo procede?
Es el procedimiento previsto en la LO 6/1984 que permite al detenido o a sus familiares cuestionar judicialmente la legalidad de la detención. Procede ante detenciones manifiestamente ilegales, superación del plazo de 72 horas, incomunicación no autorizada o vulneración grave de derechos. Lo tramitamos de urgencia cuando concurren los presupuestos legales.
Si la detención está en curso, no espere a la siguiente declaración. Llámenos ahora al 646 378 400 o escríbanos por WhatsApp al 641 384 300. Atendemos en menos de 60 minutos en cualquier comisaría o juzgado de Murcia y partido judicial.
Rellene el formulario y nos pondremos en contacto en menos de 24 horas.
Complete el formulario y le responderemos a la mayor brevedad.
Estamos en el centro de Murcia.
Plaza de la Fuensanta, no 2, 3o
B-1 Edificio Hispania
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