Del Saz & Hernández Abogados

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Abogado por Conducir Sin Carnet en Murcia · Defensa Penal art. 384 CP

Defensa penal especializada en delitos de conducción sin permiso (art. 384 CP) en Murcia. Asistencia en juicio rápido tras la detención por la Guardia Civil o la Policía Local, defensa de conductores con pérdida de puntos, retirada cautelar o sin carnet por no haberlo obtenido.

Dirección

Plaza de la Fuensanta, 2, 3º B-1
Ed. Hispania, 30008 Murcia

Horario

L-V: 9:00 - 14:00
17:00 - 20:00

Cuando una identificación rutinaria se convierte en juicio rápido

Un control rutinario de la Guardia Civil, una multa por velocidad o un siniestro sin lesionados pueden derivar en una citación a juicio rápido por conducción sin permiso. El art. 384 CP castiga tres supuestos diferentes que el conductor a menudo desconoce: conducir tras la pérdida total de puntos, hacerlo durante la vigencia de una privación judicial o conducir sin haber obtenido nunca el permiso.

Las penas son alternativas entre prisión de tres a seis meses, multa de doce a veinticuatro meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. La pena privativa de libertad puede llegar a ejecutarse cuando concurren antecedentes penales o reincidencia, especialmente en supuestos del art. 384.2 CP (quebrantamiento de privación judicial).

Una defensa preparada desde el primer momento permite identificar errores en la notificación de la pérdida de puntos, vicios procesales y opciones de conformidad atenuada o sustitución por multa o trabajos.

Qué es la conducción sin permiso en el Código Penal (art. 384 CP)

El art. 384 CP distingue tres modalidades autónomas:

  • Conducción tras pérdida total de puntos (art. 384.1 CP): conducir un vehículo a motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso por la totalidad de los puntos asignados legalmente.
  • Conducción durante privación judicial o cautelar (art. 384.2 CP): conducir tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso por decisión judicial.
  • Conducción sin haber obtenido nunca permiso (art. 384.3 CP): conducir sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

Las penas son alternativas:

  • Prisión de tres a seis meses, o
  • Multa de doce a veinticuatro meses, o
  • Trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

La sentencia siempre lleva aparejada la pérdida del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores en los términos previstos por la ley, lo que en la modalidad del art. 384.1 CP supone repetir el examen para recuperar la totalidad de los puntos.

Defensa penal especializada en conducción sin permiso en Murcia

La defensa exige analizar el procedimiento de pérdida de puntos en la DGT, las notificaciones administrativas previas y las resoluciones judiciales de privación. Las líneas de defensa más utilizadas son:

  1. Defecto de notificación de la pérdida total de puntos: si la DGT no notificó correctamente la resolución, el conductor no puede ser sancionado penalmente.
  2. Falta de firmeza de la pérdida de vigencia del permiso por puntos.
  3. Error invencible de prohibición (art. 14.3 CP) cuando el conductor desconocía la situación administrativa de su permiso.
  4. Atipicidad por desuso del vehículo en supuestos límite (mover el vehículo unos metros).
  5. Estado de necesidad (art. 20.5 CP) en casos excepcionales acreditables (urgencia médica, evitación de un mal mayor).
  6. Conformidad atenuada con elección de la pena más favorable (multa o trabajos en lugar de prisión) y reducción de un tercio (art. 801 LECrim).

En supuestos del art. 384.2 CP (privación judicial) la defensa es más exigente porque concurre el quebrantamiento de una resolución judicial, lo que dificulta la suspensión de la ejecución y aumenta el riesgo de ingreso en prisión.

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Juicio rápido y elección de la pena: prisión, multa o trabajos

El delito del art. 384 CP se tramita generalmente como juicio rápido. La elección entre las tres penas alternativas marca todo el desenlace del procedimiento.

Las decisiones procesales clave son:

  • Negociación de la pena con la Fiscalía para evitar la prisión y obtener multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
  • Suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad (art. 80 CP) cuando el conductor no tiene antecedentes y la pena no excede de dos años.
  • Sustitución de la pena de prisión por multa (art. 88 CP) si las circunstancias personales lo aconsejan.
  • Cálculo de la cuota diaria de la multa adaptada a la capacidad económica real del conductor (art. 50 CP).
  • Conformidad ante el Juzgado de Guardia (art. 801 LECrim): reducción de un tercio si la prueba acusatoria es contundente.

En los supuestos del art. 384.2 CP el quebrantamiento de la privación judicial puede activar además el art. 468 CP por quebrantamiento de condena. La defensa debe analizar si los hechos integran ambos tipos o si están en concurso aparente.

Despacho especialista en delitos contra la seguridad vial

Del Saz & Hernández es un despacho de derecho penal con dedicación específica a los delitos contra la seguridad vial del Capítulo IV del Título XVII del Código Penal. La conducción sin permiso suele aparecer conexa con otros tipos: alcoholemia, negativa a las pruebas, conducción temeraria o quebrantamiento de condena.

Cuando el procedimiento se sigue tras una detención, asumimos también la asistencia letrada al detenido en sede policial y la coordinación con el Juzgado de Guardia.

Reincidencia y antecedentes: cuándo se ejecuta la prisión

La pena de prisión por el art. 384 CP es habitualmente suspendida cuando el conductor no tiene antecedentes penales. Sin embargo, la reincidencia específica (otra condena previa por el mismo delito) o la concurrencia con otros delitos pueden hacer inviable la suspensión. En estos casos la defensa debe orientarse a la negociación de la pena alternativa (multa o trabajos) desde el inicio.

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Abogados expertos en conducción sin permiso: por qué elegir Del Saz & Hernández

  • +15 años de experiencia en defensa penal en delitos contra la seguridad vial en Murcia.
  • José Francisco del Saz Hernández, letrado titular, colegiado nº 5.559 ICAMUR.
  • Sede física en Plaza de la Fuensanta, junto a los Juzgados de Murcia.
  • 4,7/5 en Google con más de 47 valoraciones de clientes reales.
  • Respuesta en menos de 24 horas a toda nueva consulta.
  • Asistencia urgente en juicio rápido y en sede policial.
  • Análisis del expediente DGT y de las notificaciones administrativas para detectar defectos formales.

Bufete con sede en Murcia capital: juzgados y partidos judiciales atendidos

Atendemos procedimientos por conducción sin permiso en los Juzgados de Instrucción y de lo Penal de Murcia, así como en los partidos judiciales de Cartagena, Molina de Segura, Lorca, Yecla y resto de la Región de Murcia.

Preguntas frecuentes sobre la defensa por conducir sin carnet en Murcia

¿Es delito conducir tras perder todos los puntos?
Sí, conforme al art. 384.1 CP. Conducir un vehículo a motor o ciclomotor tras la pérdida total de puntos es delito siempre que la pérdida de vigencia del permiso haya sido correctamente notificada al titular.

¿Qué pasa si me paran sin haber sacado nunca el carnet?
Es el supuesto del art. 384.3 CP. Las penas son las mismas que en los otros casos: prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, alternativamente.

¿Puedo evitar la prisión?
En la mayoría de casos sin antecedentes, sí. La pena puede suspenderse (art. 80 CP), sustituirse por multa (art. 88 CP) o negociarse desde el inicio la pena alternativa de multa o trabajos en beneficio de la comunidad.

¿Es lo mismo conducir sin puntos que con el carnet retirado por un juez?
No. El art. 384.1 CP (pérdida de puntos) y el art. 384.2 CP (privación judicial) son tipos distintos. El segundo es más grave y puede acumular el art. 468 CP por quebrantamiento de condena.

¿Tengo que volver a examinarme tras la condena?
En los casos del art. 384.1 CP, tras la condena el conductor debe realizar de nuevo el curso y examen para recuperar el permiso con la totalidad de puntos.

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Si ha sido detenido o citado por un delito del art. 384 CP, contacte ahora con nuestro despacho. Le explicamos las opciones realistas para evitar la prisión y reducir las consecuencias del procedimiento.

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