
Cediste una vivienda a un hijo sin firmar nada ni cobrar renta, y ahora no te la devuelve. Muchos padres llegan buscando cómo «echar» legalmente a un hijo mayor de edad de una casa que le prestaron, y la respuesta es el desahucio por precario a un hijo: un juicio de desahucio que recupera el inmueble porque tu hijo lo ocupa por pura tolerancia, sin un título que lo ampare. No se limita a los hijos: la misma vía sirve frente a un hermano, un sobrino o la pareja de tu hijo. Con un abogado especialista, suele resolverse en unos meses.
Verás cuándo hay precario entre familiares, el caso delicado de la vivienda cedida a un hijo que después se divorcia, y las opciones legales para recuperar tu casa con el menor desgaste.
El precario entre familiares también existe
Hay precario cuando alguien usa gratis una vivienda ajena sin contrato y sin pagar renta, solo por la tolerancia del propietario. Que el ocupante sea de la familia no cambia nada: el parentesco no crea por sí solo un derecho a quedarse.
El caso más frecuente es el del hijo mayor de edad que sigue en una vivienda de sus padres sin intención de marcharse. Mientras hay buena relación, nadie habla de plazos ni de papeles. El conflicto aparece el día que los padres necesitan la casa, la piden y reciben un no por respuesta.
En ese momento se configura una situación de precario y se abre la puerta a recuperar el inmueble. El procedimiento es el mismo desahucio por precario que se aplica a cualquier ocupante sin título, para el que conviene un abogado de desahucio en precario que califique bien el caso.
¿Puedes recuperar la vivienda? Depende del título
La clave está en distinguir la mera tolerancia de un verdadero título o derecho sobre la vivienda. De cómo cediste la propiedad depende que puedas recuperarla de inmediato o no:
| Cómo cediste la vivienda | ¿Puedes recuperarla? |
| Cesión gratuita, sin plazo ni condición (precario) | Sí, revocable en cualquier momento |
| Con una finalidad o plazo concretos (comodato) | No, hasta que se cumpla esa finalidad |
| Uso atribuido a la expareja del hijo en el divorcio | Sí: no es oponible a los padres propietarios |
Un ejemplo aclara los requisitos. Dejar la casa «mientras tanto», de forma indefinida, es precario. Cederla «hasta que termines la carrera» o «mientras dure la obra de tu piso» fija una finalidad y puede convertirla en comodato. Calificar bien la situación desde el principio decide qué procedimiento judicial procede.
La vivienda cedida a un hijo que después se divorcia
Este es el escenario que más quebraderos de cabeza genera. Unos padres ceden gratis su vivienda al hijo para que monte allí su hogar familiar. Años después, el hijo se divorcia y el uso de la vivienda se atribuye en el proceso matrimonial al otro progenitor, que se queda dentro con los hijos.
¿Pueden los padres propietarios recuperar la casa? La doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo, fijada en su sentencia de pleno de 2010 y confirmada después por las audiencias provinciales, ha respondido que sí cuando la cesión fue un simple precario: el hijo y su familia ocupan en precario frente a los propietarios. La atribución del uso de la vivienda familiar que hace el juez del divorcio, conforme al artículo 96 del Código Civil, no crea un título oponible frente al propietario, que es un tercero ajeno al matrimonio. Una vez rota la convivencia, esa atribución protege frente al otro cónyuge, no frente a los dueños de la propiedad.
El matiz decisivo vuelve a ser el comodato: si los padres habían cedido la vivienda con una finalidad concreta y duradera, los tribunales pueden entender que existe comodato y frenar el desahucio hasta cumplirla. Cuando el conflicto es directamente con la expareja del titular, lo tratamos en la guía sobre cómo desalojar a tu ex pareja de casa.
Opciones legales para recuperar la vivienda
Antes de plantear el desahucio conviene agotar la vía amistosa, sobre todo tratándose de familia. Estas son las opciones, de menor a mayor intensidad.
El requerimiento y el burofax
El primer paso es pedir formalmente la devolución y dejar constancia. Un burofax con acuse de recibo fija la fecha en que la posesión deja de consentirse y servirá como prueba. Desde la Ley Orgánica 1/2025, además, hay que intentar un medio adecuado de solución de controversias antes de demandar, y el burofax encaja en esa fase previa.
La demanda de desahucio por precario
Si no hay acuerdo, se interpone la demanda de desahucio por precario como juicio verbal ante el juzgado de primera instancia del lugar del inmueble, conforme al artículo 250.1.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El propietario aporta su título sobre la vivienda, con la legitimación activa que le da ser dueño; el hijo demandado, para evitar el lanzamiento, tendría que demostrar un derecho a poseer, algo que en el precario por definición no existe. Estimada la demanda, la sentencia ordena el lanzamiento, es decir, el desalojo.
Menores, alimentos y vulnerabilidad
La presencia de hijos menores no impide el precario, pero introduce cautelas: los tribunales valoran la protección del interés del menor. Aun así, la atribución del uso en un divorcio sigue sin crear un título frente a los propietarios ajenos al matrimonio.
Importa separar dos planos, porque recuperar la vivienda por precario no extingue la pensión de alimentos al hijo que la necesite. Una cosa es la posesión del inmueble y otra el deber de alimentos, que lleva un abogado de pensión de alimentos por la vía de familia, con independencia del desahucio.
Un apunte más: si el ocupante se encuentra en situación de vulnerabilidad acreditada, puede solicitar la suspensión temporal del lanzamiento. No extingue tu derecho, pero conviene tenerlo previsto. Cada situación es distinta, así que la estrategia se ajusta a si hubo o no comodato, a quién ocupa y a la prueba disponible.
¿Cediste tu vivienda a un hijo o familiar y no te la devuelve?
En Del Saz Hernández Abogados estudiamos si hay precario o comodato y preparamos la acción para recuperar tu casa con el menor desgaste familiar.
Preguntas frecuentes sobre el desahucio por precario a un hijo
Sí. El precario no se limita a desconocidos. Si un hijo mayor de edad u otro familiar ocupa una vivienda cedida gratis, sin contrato ni renta, y se niega a devolverla, el propietario puede recuperarla por la vía del precario.
El precario es una cesión gratuita, sin plazo ni condición, revocable en cualquier momento. El comodato presta la vivienda con una finalidad o plazo concretos y da derecho a usarla hasta cumplirlos. La calificación decide si cabe el desahucio inmediato.
En general sí, si la cesión fue un precario. La atribución del uso de la vivienda en el divorcio no crea un título frente a los padres propietarios, que son terceros ajenos al matrimonio. Si hubo comodato con finalidad, puede frenarse hasta cumplirla.
Es muy recomendable. El burofax acredita que pediste la devolución y fija la fecha en que dejó de consentirse la ocupación. Además, desde 2025 hay que intentar un medio adecuado de solución de controversias antes de acudir al juzgado.
No. Recuperar la vivienda por precario no extingue la pensión de alimentos al hijo que la necesite. Son dos planos distintos: la posesión del inmueble y el deber de alimentos, que se resuelve por la vía de familia.
En primera instancia suele resolverse en un plazo aproximado de cinco a siete meses, según la carga del juzgado y si el familiar se opone. Una demanda bien calificada y documentada acorta los tiempos.