«Situación de vulnerabilidad económica» es un concepto jurídico con requisitos concretos, no una valoración subjetiva de lo mal que va el mes. Se cumple o no se cumple, y el resultado depende de una operación aritmética.
Hay que superar dos filtros a la vez: ingresos por debajo de un umbral vinculado al IPREM, y un gasto en vivienda igual o superior al 35% de los ingresos netos. Abajo están los tramos con las cifras de 2026, la fórmula y cinco ejemplos resueltos para que hagas el cálculo con tus propios números.
El marco y la cifra de la que depende todo
La definición operativa procede del Real Decreto-ley 11/2020, cuyos criterios siguen siendo la referencia en materia de vivienda, tanto para arrendamiento como para el ámbito hipotecario y los suministros básicos.
Todo gira alrededor del IPREM, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. No es el salario mínimo: es un índice bastante más bajo que se usa como referencia para acceder a ayudas y prestaciones.
En 2026 el IPREM es de 600 euros al mes, 7.200 euros anuales en 12 pagas y 8.400 euros en 14. Lleva congelado desde 2023: al no aprobarse nuevos Presupuestos Generales del Estado, la cuantía se prorroga automáticamente año tras año. Esto importa porque los umbrales no suben aunque suba el coste de la vida.
Requisito 1: el umbral de ingresos
El límite base es de tres veces el IPREM mensual, y se ajusta según quién viva en casa.
| Situación | Multiplicador | Límite en 2026 |
|---|---|---|
| Con carácter general | 3 × IPREM | 1.800 € / mes |
| Por cada hijo a cargo | +0,1 × IPREM | +60 € |
| Por cada hijo, si es familia monoparental | +0,15 × IPREM | +90 € |
| Por cada mayor de 65 años en el hogar | +0,1 × IPREM | +60 € |
| Discapacidad >33%, dependencia o enfermedad incapacitante | 4 × IPREM | 2.400 € / mes |
| Parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual ≥33%; física o sensorial ≥65% | 5 × IPREM | 3.000 € / mes |
Los incrementos por hijo y por mayor de 65 años se acumulan también sobre los límites ampliados de 4 y 5 veces el IPREM.
Qué cuenta como ingreso: nóminas, prestaciones por desempleo, pensiones contributivas y no contributivas, ingreso mínimo vital, rentas mínimas autonómicas, rendimientos de actividades económicas y rentas de capital. Se toman netos y referidos al mes anterior a la solicitud.
Qué es unidad familiar: la persona que debe la renta, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita, y los hijos que residan en la vivienda con independencia de su edad, incluidos los sujetos a tutela o acogimiento.
Cuidado con un error muy extendido: en materia de vivienda se computa la unidad familiar, no la «unidad de convivencia». La unidad de convivencia es el concepto que usa el ingreso mínimo vital, con reglas propias y otros umbrales. Presentar el cálculo del IMV en un incidente de desahucio no sirve, porque no se mide lo mismo.

Requisito 2: el esfuerzo de vivienda
El segundo filtro es el que más gente pasa por alto, y es donde se cae la mayoría de expedientes.
La renta del alquiler más los gastos y suministros básicos debe representar igual o más del 35% de los ingresos netos del conjunto de la unidad familiar.
Se computan como suministros básicos: electricidad, gas, gasóleo para calefacción, agua corriente, servicios de telecomunicación fija y móvil, y las contribuciones a la comunidad de propietarios.
La fórmula es:
(Renta mensual + suministros básicos) ÷ ingresos netos mensuales × 100 ≥ 35%
Cinco ejemplos resueltos
Ejemplo 1. Persona sola, sin ingresos
Ingresos: 0 €. Renta: 500 €. Suministros: 90 €.
Umbral: 1.800 €. Los ingresos están por debajo. El esfuerzo de vivienda es total.
Cumple los dos requisitos. Es el caso más claro.
Ejemplo 2. Pareja con dos hijos y un solo sueldo
Ingresos netos: 1.400 €. Renta: 600 €. Suministros: 140 €.
Umbral: 1.800 + 60 + 60 = 1.920 €. Los 1.400 € quedan por debajo.
Esfuerzo: (600 + 140) ÷ 1.400 = 52,9%. Supera el 35%.
Cumple.
Ejemplo 3. Familia monoparental con un hijo
Ingresos netos: 1.100 €. Renta: 450 €. Suministros: 100 €.
Umbral: 1.800 + 90 = 1.890 €. Por debajo.
Esfuerzo: (450 + 100) ÷ 1.100 = 50%.
Cumple.
Ejemplo 4. Pareja con dos hijos y renta baja
Ingresos netos: 1.700 €. Renta: 400 €. Suministros: 120 €.
Umbral: 1.920 €. Pasa el primer filtro.
Esfuerzo: (400 + 120) ÷ 1.700 = 30,6%. No llega al 35%.
No cumple. Falla por el segundo requisito, aunque la economía familiar sea ajustada.
Ejemplo 5. Pareja sin hijos con alquiler alto
Ingresos netos: 2.000 €. Renta: 700 €. Suministros: 130 €.
Esfuerzo: (700 + 130) ÷ 2.000 = 41,5%. Pasa el segundo filtro.
Umbral: 1.800 €. Los 2.000 € lo superan.
No cumple. Falla por el primero.
Los ejemplos 4 y 5 son los importantes: cumplir un requisito y no el otro no sirve de nada. Son acumulativos.
Qué se consigue acreditándola
La vulnerabilidad económica no es una etiqueta abstracta. Da acceso a mecanismos concretos:
- Suspensión temporal del lanzamiento en procedimientos de desahucio, con excepciones importantes según quién sea el propietario.
- Intervención obligada de los servicios sociales.
- Conciliación previa cuando el propietario es gran tenedor.
- Prórroga extraordinaria del contrato de arrendamiento en determinados supuestos.
- Bono social eléctrico y protección frente a cortes de suministro.
- Acceso preferente a ayudas al alquiler.
Lo que no hace es extinguir la deuda ni impedir la sentencia de desahucio. Hasta dónde llega exactamente esa protección, y qué cambió en 2026, lo detallamos en el artículo sobre la ley de vulnerabilidad en desahucios.
Cómo se acredita
El expediente se sostiene sobre el informe de los servicios sociales del ayuntamiento o de la comunidad autónoma, acompañado de la documentación de ingresos, composición del hogar y titularidades registrales de todos sus miembros.
La normativa admite la declaración responsable cuando la persona no pueda aportar algún documento, pero deberá justificar el motivo y presentarlo después. Sirve para iniciar el trámite, no para sostenerlo.
Si tu situación se enmarca ya en un procedimiento judicial y los plazos corren, un abogado de desahucios en Murcia puede valorar el expediente completo antes de que venzan.
Preguntas frecuentes
No. El IPREM es un indicador de referencia para ayudas y prestaciones, sensiblemente inferior al SMI. En 2026 está en 600 euros mensuales y lleva congelado desde 2023.
Sí. Prestaciones por desempleo, pensiones, ingreso mínimo vital y rentas autonómicas se computan en el total de la unidad familiar.
Con carácter general no, salvo que acredites que no dispones de ella por causas ajenas a tu voluntad, como una separación o una situación de violencia.
Se acredita respecto de un momento concreto. Si la situación mejora deja de concurrir, y si empeora puede volver a acreditarse.